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19:32:19 07/03/2016

Una empresa deberá pagar 200 mil pesos por liquidar mal la cuota alimentaria de un empleado

La Justicia provincial condenó a la Empresa Provincial de la Energía (EPE) a pagar 200 mil pesos a una madre por haber liquidado mal las horas extra de un empleado sometido a un juicio de cuota alimentaria.  La empresa estatal deberá ahora negociar de qué modo el condenado le reintegra ese dinero.

El Tribunal Colegiado de Familia Nº 5, que integran Marcelo Molina, Ricardo Dutto y Sabina Sansarricq, determinó que un empleador retenía, según lo resuelto por la Justicia, el 35 por ciento del sueldo de un trabajador por la cuota alimentaria de sus tres hijos, pero no consideraba las horas extras cobradas. No obstante, éste alegó que se debía a un error de la empresa donde trabajaba que no se las liquidaba.

En ese sentido, el Tribunal apuntó en la resolución que “cuando se habla de haberes de modo alguno se acota a aquellos que son normales y habituales ni tampoco a los que son o no remunerativos”.

El fallo destaca además que el trabajador debe controlar que la retención por alimentos se realice de manera correcta. Agregan los jueces de familia que es solidariamente responsable del pago de la cuota alimentaria quien no cumple la orden judicial de depositar la suma que debió descontar a su empleado. Finalmente, sostienen que “el empleador no puede desentenderse de su responsabilidad social más aún cuando se trata de deudas de alimentos en favor de niños”.