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21:22:12 05/10/2020

El acuerdo que condenaba al Panadero Ochoa a cinco años fue rechazado por un juez

El juez Héctor Núñez Cartelle rechazó homologar el juicio abreviado  en el que Diego “Panadero” Ochoa, ex jefe de la barra brava de Newell’s, aceptó una condena de cinco años como partícipe secundario del asesinato de Maximiliano “Quemadito” Rodríguez, que fue también miembro de la hinchada rojinegra.

La oposición del magistrado al acuerdo al que habían llegado el fiscal Pablo Socca y el defensor Juan Pablo Audisio es que, a su criterio, existen elementos acumulados en el trámite del caso como para imponer una pena más severa. Lo que indica en los fundamentos es que la fiscalía tiene elementos incriminantes como para acusarlo al menos como partícipe primario del homicidio, ocurrido el 5 de febrero de 2013 en plena tarde en la esquina de Pellegrini y Corrientes.

El juez debe prestar atención para homologar una condena a dos asuntos: que las figuras penales se correspondan con las conductas atribuidas a los acusados y que éstas se ajusten a la reconstrucción jurídica de la historia del caso.

“Nunca hubiera firmado esto de no haber estado convencido de la imputación”, dijo el fiscal Socca al salir de la audiencia. “No tenemos elementos a nuestro criterio para imponernos en un juicio oral si atribuimos una figura penal más grave. No dudamos de la culpa de Ochoa pero acusamos en el sentido de lo que nos permite la prueba. No hay probado contactos en fecha cercana al hecho de contactos en fecha cercana al hecho con los autores materiales del hecho. Sí tenemos cómo acreditar el vínculo entre ellos”, indicó.

Hace seis años el juez Javier Beltramone había procesado a Ochoa como instigador del crimen de Quemadito Rodríguez. El Panadero estaba enemistado con Quemadito desde un incidente del 8 de septiembre de 2010 cuando Maximiliano Rodríguez, su padre Sergio el "Quemado" y Matías Pera desnudaron en público y en pleno partido de fútbol al Panadero en el Coloso para quitarle el poder.

Ochoa siempre negó con énfasis haber mandado a matar a Quemadito. Y de hecho esa imputación no pudo ser sostenida por carencia de prueba. No obstante las defensas aceptaron una pena por el rol de partícipe secundario.

Héctor David "Porteño" Rodríguez y Sergio Federico "Chuno" Acosta fueron condenados como los ejecutores materiales del asesinato de "Quemadito" Rodríguez, a quien sorprendieron junto a su novia en la esquina de Pellegrini y Corrientes la tarde del 5 de febrero de 2013. El Porteño se encargó de dispararle a la cabeza por atrás, desde mínima distancia, mientras que Chuno permanecía en la moto que ambos utilizaron para huir del lugar.

Lo que señalan los fiscales Pablo Socca y Luis Schiappa Pietra es que Chuno y Porteño estaban decididos a matar a Rodríguez por lo que la instigación de parte de Panadero no puede existir. Pero señalaron que hubo un aporte económico en haber puesto 30 mil pesos para colaborar en un ataque al Quemadito, lo que fue un “refuerzo moral” de la decisión que ya habían tomado los que serían autores materiales del crimen.

Con anterioridad, en 2017, Ochoa había recibido once años de cárcel como responsable del homicidio agravado por el empleo de arma de fuego en carácter de instigador de Pimpi Caminos.

Pimpi Caminos fue asesinado a balazos a la salida del bar Ezeiza, que funcionó en Servando Bayo al 1400, la madrugada del 19 de marzo de 2010. En un juicio previo, por la ejecución del crimen fueron condenados René Ungaro y Carlos Alberto "Betito" Godoy a 11 años de prisión como autores materiales, y Emanuel Suárez como partícipe secundario a 6 años y medio de cárcel. Entonces Ochoa fue testigo de la Fiscalía. Más tarde le tomaron declaración informativa y la causa se archivó. Siete años después Panadero fue acusado a partir de escuchas que mostraban su vínculo con "Betito" Godoy.