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20:08:39 03/08/2019

La Justicia porteña suspendió la actividad de Rappi, Glovo y Pedidos Ya

Un juzgado de feria contencioso administrativo y tributario de la Ciudad de Buenos Aires decidió suspender las actividades de las empresas Rappi, Glovo y Pedidos Ya, por incumplimientos de resoluciones judiciales.

“Estamos conformes con el fallo, si bien entendemos que, como vienen haciendo, las empresas no lo van a cumplir”, dijo a Télam Maximiliano Arranz de la Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios (Asimm).   

 La medida fue dictada por el titular del Juzgado de Feria, Roberto Gallardo, que dispuso además que la Policía de la Ciudad “decomise” las mercaderías que transportan estas empresas “que no respeten íntegramente los requisitos legales y judiciales”. La Asociación fue la que inició la causa contra las plataformas ante el Juzgado de Primera Instancia porteño pidiendo la regularización del servicio de mensajería y solicitó una medida cautelar para que Rappi, Glovo y Pedidos Ya cumplan con las disposiciones judiciales.    

Lo decomisado “deberá ser remitido al área de análisis bromatológico del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o al laboratorio químico de la Policía, en el caso de sustancias no alimentarias”, añadió.   

Asimismo, determinó que “las empresas autodenominadas plataformas serán sancionadas con el pago de pesos diez mil ($10.000) por cada infracción verificada”.   

También resolvió que sean “bloqueadas de inmediato las operatorias mediante tarjetas de crédito de las empresas mencionadas, conforme la orden impartida a la autoridad crediticia”.   

“La violación de lo antedicho quedará encuadrada en desobediencia judicial y se dará intervención inmediata al fuero penal a sus efectos”, señaló el juez.   

Gallardo explicó que su decisión se basa “en el incumplimiento” por parte de las empresas de la presentación de documentación “ordenada hace siete meses” por la Justicia.   

“Es que es un proceso largo. Las empresas no cumplen las decisiones judiciales. Con el fallo del juez Gallardo quedarán nuevamente en evidencia”, aseguró Arranz.   

La entidad inició el proceso judicial “para combatir la precariedad laboral de quienes hacemos logística en dos ruedas, por una cuestión de seguridad, y para evitar que se destruyan fuentes laborales genuinas”, explicó el dirigente sindical.   

Asimm ya tuvo fallos favorables en el Juzgado de origen y en la Cámara de Apelaciones.   

En su fallo, Gallardo recordó que el 10 de julio último la Cámara de Apelaciones del fuero le dio 48 horas a las empresas para presentar una lista completa de su personal y la constancia de haberles entregado los implementos de seguridad vial exigidos por la ley.   

También debían acreditar que el personal de reparto posee libreta sanitaria vigente y las constancias de regularidad laboral y de cobertura de seguros y ART.   

Esa cautelar “tenía el objetivo de regularizar las prestaciones de las empresas e impedir que continúen produciéndose accidentes evitables, que cobren la vida o la integridad física de los empleados repartidores”.   

Asimismo, pretendía “prevenir y evitar situaciones que conlleven daños a la salud de la población por la eventual manipulación indebida de alimentos y evitar la distorsión de los sistemas de distribución a fin de que no sean utilizados para consumar ilícitos”, detalló el magistrado.   

“Estas obligaciones se encuentran incumplidas”, resaltó Gallardo, que decidió, por tanto, suspender las actividades de las tres empresas.   

Por último, la Justicia resolvió darle difusión pública a esta resolución cautelar “a fin de advertir y evitar situaciones conflictivas innecesarias y poner exclusivamente en cabeza de las obligadas (las empresas nombradas) la responsabilidad por las consecuencias derivadas de sus omisiones legales y judiciales”.