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12:03:12 12/12/2025

Insisten con reglamentar el uso de los cercos eléctricos como método disuasivo en viviendas

En la última sesión del Concejo Municipal con la anterior integración, antes del recambio de ediles, se presentaron varios expedientes de quienes ya cumplieron sus funciones, pero que dejaron iniciativas polémicas para que la actual composición parlamentaria analice si les da luz verde en el recinto. Una de ellas es la reglamentación de los cercos eléctricos para uso privado en todo el ámbito de Rosario, que había sido presentada oportunamente y por primera vez por el ex concejal Carlos Cardozo.

El ex edil macrista aliado al oficialismo rosarino volvió a la carga con su idea a horas de que expirara su cargo en el Palacio Vasallo. Y propuso nuevamente (ya que el primer proyecto no cosechó los votos suficientes y naufragó) crear el marco jurídico necesario para la instalación de "cercos eléctricos o barreras de disuasión" en los inmuebles producto de la inseguridad. Un primer intento se hizo desde el macrismo en 2021, y luego se reintentó en 2023. Ahora quedó en comisión y con estado parlamentario.

Según consideró Cardozo en su nuevo expediente, se pretende llenar un vacío legal respecto de la utilización de estos cercos eléctricos en el ejido urbano en Rosario. Y debido a ello, se establecen "requisitos necesarios" para que su instalación, operación, reparación, mantenimiento y remoción, para que "cumplan con los más altos estándares de seguridad, a fin de prevenir daños y accidentes". Para controlar que esto se cumpla se establece que el Ejecutivo certifique los equipos y los procedimientos para su instalación y mantenimiento.

Cercos eléctricos como protección

"La sociedad ha comenzado a implementar medidas de seguridad tendientes a proteger su integridad física y la de sus familias y sus bienes. Entre ellas, encontramos la instalación de cercos eléctricos de seguridad perimetral sobre los muros lindantes o entradas de residencias, comercios e instituciones. Estos sistemas de defensa son muy variados y tienen como finalidad brindar protección a la propiedad a través de un cerco o barrera con elementos eléctricos que sirva para dar aviso o repeler a intrusos o personas no deseadas", argumentó Cardozo.

Los cercos eléctricos consisten en un alambrado o conjunto de hilos metálicos conectados a una batería de 12 voltios que emite una descarga eléctrica a toda persona que lo toque, a la vez que también puedan estar conectados a un sistema de alarmas e incluso recargar la batería mediante energía solar.

Para salvar el marco legal, se argumentó con un viejo axioma del derecho. "Todo aquello que no se encuentra prohibido está permitido; el derecho a colocar estos cercos en el perímetro de un inmueble sobre el que se tiene un justo título es indiscutido. Además, la instalación de estos sistemas de protección debe cumplimentar determinadas normas nacionales e internacionales que garantizan la seguridad de quienes entren en contacto. Los cercos no son peligrosos para la vida de personas o animales. La instalación, reparación, mantenimiento y eventual remoción deberán ser llevados a cabo por electricista matriculado", ahondó.

Legítima defensa

Es más. Se esgrimió que, desde el punto de vista del derecho civil, la utilización de los cercos eléctricos perimetrales de seguridad se encuentra amparada bajo el derecho de proteger la posesión mediante el uso de una fuerza suficiente, en los casos en los que el auxilio de la Justicia llegara demasiado tarde, debiendo el afectado recobrarla sin intervalo de tiempo y sin exceder los límites de la propia defensa. "Como podemos observar, se exigen requisitos análogos a los de la legítima defensa del Código Penal", comparó para agregar otro argumento de carácter jurídico: "Quien usa de esos medios obra justificadamente, pues lo hace al amparo del ejercicio legítimo de su derecho de propiedad, no invadiendo ningún derecho ajeno".

"Y si un individuo trata de burlar el mecanismo de seguridad y resulta lesionado, es su propio y voluntario acto el que ocasiona el resultado, sin que pueda imputarse al propietario ninguna conducta antijurídica. El invasor asume voluntariamente los posibles riesgos o los eminentes daños que pudiere llegar a sufrir. Los carteles indicativos visibles les quitan la temida peligrosidad ciega como cercos de púas, rejas de lanzas, vidrio molido, etcétera", siguió en su análisis para concluir: "Su principal función deber ser repeler o disuadir al agresor y que su poder no sea letalmente vulnerante".

Argumentos en el Concejo Municipal

De esta manera y "legalmente, se los puede encuadrar bajo la figura de la defensa posesoria que presenta el Código Civil y Comercial, o bajo la legítima defensa del Código Penal", cierra en su descripción el expediente reingresado en el Concejo Municipal.

En lo técnico, se describió que por los hilos metálicos circulan pulsos eléctricos intermitentes que por sus características de voltaje y frecuencia evitan que cualquier persona quede "pegada" al cerco.

"Estas defensas no son peligrosas cuando son fabricadas e instaladas por profesionales expertos. Se encuentran en el mercado desde hace más de 30 años, y sólo pueden ser puestas a la venta cuando cumplen con determinados estándares de calidad y seguridad", marcó Cardozo.

El proyecto promueve la reglamentación para la instalación y uso de cercos eléctricos de seguridad para uso privado en el ámbito de Rosario, destinados a propinar una descarga a quienes entren en contacto físico con ellos. La altura mínima de emplazamiento de los cercos eléctricos de seguridad "será de 220 centímetros contados desde el nivel del suelo".

En ese sentido, se aclaró que todas las instalaciones ya existentes deberán adecuarse a sus disposiciones dentro de los 120 días de su reglamentación.