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Subsidios al transporte: ¿federalismo o centralismo?
La Municipalidad ya puso en marcha las acciones administrativas tendientes a implementar lo antes posible la ordenanza antilavado aprobada el jueves, que entre otros puntos crea una agencia específica y un protocolo de actuación para la detección y prevención de operaciones sospechosas de lavado de activos que pudieran provenir de hechos ilícitos. “El intendente tiene la voluntad de instrumentarla cuanto antes”, aseguraron desde el Palacio de los Leones.
La nueva normativa, que logró el consenso político en el Concejo Municipal después de varios meses de trabajo y articulación con distintos organismos y áreas municipales, crea un protocolo de actuación para la detección y prevención de operaciones sospechosas de lavado.
En ese sentido, y a partir de los trámites que se inicien en distintas áreas de la Municipalidad, se dispararán alertas sospechosas a toda simulación del origen de activos, y dudas respecto a la autenticidad, veracidad o coherencia de la documentación presentada para la habilitación de actividades de distintos rubros.
Esas alertas también se podrán activar ante transferencias sucesivas de habilitaciones municipales, licencias, bienes registrables, participaciones societarias y la posición de administración fiduciaria.
Según indicó la subsecretaria Legal y Técnica de la Municipalidad, Juliana Conti, “es voluntad del intendente Pablo Javkin poner en marcha la ordenanza cuanto antes. Hay un plazo de 180 días hábiles para implementarla, y 90 días para designar a un jefe transitorio de la agencia. Nombrar a ese profesional permitirá que de inmediato se agilicen cuestiones administrativas y operativas que marca la normativa”.
Según la funcionaria, esas pautas quedaron establecidas en una cláusula transitoria donde, entre otras cuestiones, se estipula que el jefe de la agencia es designado a propuesta del Ejecutivo con acuerdo del Concejo.
“Fue una discusión válida que quedó zanjada. Ahora esperamos la comunicación del Concejo para promulgar la ordenanza cuanto antes, que será la semana que viene. A partir de ese momento, comienzan a correr esos 180 días”, agregó Conti.
Luego, la Municipalidad deberá designar al director provisorio de la agencia antilavado. “No puede durar más de ocho meses en el cargo. Pero antes de ese plazo se debe enviar la propuesta del directorio definitivo al Concejo Municipal, un mecanismo que marca la ley orgánica de municipalidades”, describió Conti.
Sobre el alcance de la ordenanza, valoró su aprobación con consenso político, en un contexto complejo en relación a la persecución del delito y la violencia. “Se debe llevar tranquilidad a todos los rubros”, indicó y aclaró que hay trámites que “ya eran parte de los requisitos administrativos” que exigen múltiples organismos públicos.
“Desde 2012 la Municipalidad hace reportes ante la Unidad de Investigación Financiera (UIF) porque es informante voluntario. Con esta ordenanza ahora se va a entrecruzar información, que está sistematizada, y poner a disposición de la Justicia. Respecto a los trámites, como ocurre en otros organismos, la gente sabe que debe presentar balances, estado patrimonial o declaraciones juradas”, aclaró.
El concejal Pedro Salinas, del bloque Ciudad Futura con activa participación en las mesas de trabajo con profesionales, organismos oficiales y el resto de los bloques políticos para la elaboración final de la norma, insistió en que el Ejecutivo “tiene el plazo máximo de 180 días para reglamentarla. Efectivamente, una cláusula transitoria dispone la urgente y efectiva implementación del Sistema de Control Económico Financiero, de la agencia y los protocolos de las alertas”.
El edil explicó que el procedimiento tiene algunas complejidades: “Se dispone de un instructivo de capacitación para el personal municipal que trabajará en la agencia. Además, la designación del jefe definitivo tiene un procedimiento administrativo que es con acuerdo previo del Concejo. La cláusula de transición para que esto sea rápido establece esos meses de designación transitoria hasta que se sustancie ese proceso más democrático de designación. La voluntad es que se implemente lo más rápido posible”
La nueva normativa crea un protocolo de actuación para la detección y prevención de operaciones sospechosas de lavado. Se disparará una alerta sospechosa a toda simulación del origen de activos, y dudas respecto a la autenticidad, veracidad o coherencia de la documentación presentada. Las alertas se podrán activar también ante transferencias sucesivas de habilitaciones municipales, licencias, bienes registrables, participaciones societarias y la posición de administración fiduciaria.
Además se emitirán reportes ante cualquier hecho económico que no guarde debida relación con las actividades declaradas y realizadas por las personas humanas y jurídicas correspondientes. El procedimiento será válido para inversiones de elevado monto que no justifiquen los montos involucrados. Será menester del Ejecutivo hacer un instructivo.
La agencia contra el lavado de activos será la autoridad de aplicación del Sistema de Control Económico Financiero. Estará facultada para procesar las alertas sospechosas, y tendrá potestad de enviar documentación a la UIF, el Ministerio Público de la Acusación (MPA) o el organismo de control que corresponda.
Podrá intercambiar información con la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), UIF, Banco Central de la República Argentina (BCRA), Administración Provincial de Impuestos de Santa Fe (API), Inspección General de Personas Jurídicas (IGPJ) y otros municipios; y a cualquier organismo público, personas jurídicas de derecho privado y personas humanas.
Se pondrá atención en permisos de habilitación, transferencias, cambio y anexo de rubro; venta y alquiler de vehículos; armerías, casas de juegos, casinos; nocturnidad; hoteles, hostels y alojamientos transitorios; playas de estacionamiento y cocheras; guarderías náuticas; restaurantes y bares; organismos financieros; agencias de viajes y turismo; concesiones públicas de obras y servicios; construcciones o ampliaciones de más de mil metros cuadrados; convenios urbanísticos; adquisición o transferencia de más de dos licencias de taxis o remises.
La agencia dependerá orgánica y funcionalmente del intendente y estará a cargo de un jefe que deberá contar con antecedentes técnicos y profesionales en la materia.