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Subsidios al transporte: ¿federalismo o centralismo?
Romina tiene 34 años y una hija de cinco. Vivió en Córdoba, donde nació su hija y de donde decidió volver tras separarse de su pareja a quien había denunciado por violencia de género. Ahora ya en Rosario, trabaja y un fin de semana cada 15 días busca a la niña, tal como lo definió un juez cordobés que estableció en la capital mediterránea y con su papá el centro de vida de la niña pese a las denuncias previas. Ahora Romina recurrió a la Justicia de Rosario y pidió “con urgencia” en el Tribunal de Familia Nº7 que escuchen “la violencia psíquica y emocional” que su hija había relatado y de la cual la niña estaría siendo víctima. Sin embargo, la Defensoría General Nº6, aduciendo “causas relacionadas” en Córdoba y “la corta edad" suspendió la audiencia que había citado para este miércoles.
“Niña y madre son víctimas de violencia y lo que hace la Justicia es negarle la escucha y medidas de protección a una nena de 5 años que tuvo el coraje de decir lo que estaba pasando”, dijo la abogada Paula González Tomassini, patrocinante local del caso.
Lo cierto es que este domingo, de acuerdo al régimen de visitas del magistrado cordobés y el cuidado personal provisorio otorgado al padre, la nena debe volver con su progenitor pese al pedido de “medidas de protección para la salud integral” de la madre hecho esta semana ante el Tribunal rosarino.
“El padre de E. y yo estamos divorciados y lo he denunciado muchas veces por graves hechos de violencia hacia mi persona, aún cuando estaba embarazada”, comienza la presentación hecha por Romina ante la Justicia local.
Si bien el padre tiene por estos días el cuidado personal de la niña, la abogada González Tomassini aclara que “esa medida es provisoria, ya que fue apelada y aún está en trámite”.
La letrada cuestionó incluso al magistrado Gabriel Tavip por esa decisión “pese a la reiteradas veces que la niña manifestó no querer vivir en Córdoba con su papá” e incluso señaló que “el único argumento que esgrimió para definir a Córdoba como centro de vida es que allí había nacido”.
En la presentación, se plantea que E. “una víctima invisibilizada” de la violencia que ya venía sufriendo su mamá y que ahora además pudo relatar los hechos que ella misma padece estando con su progenitor.
“Todos sabemos que las víctimas no hablan cuando quieren, sino cuando pueden y más a los cinco años, por eso es urgente que la Justicia escuche a la nena y haber suspendido la audiencia prevista para el pasado miércoles es violatorio no solo de la Convención de los Derechos del Niño, sino de todos los pactos internacionales vigentes”, insistió la letrada.
Tras la presentación en el Tribunal de Familia se dio vista a la Defensoría General Nº 6 que en principio había establecido para este miércoles una audiencia donde justamente sería un espacio de escucha para la nena.
Sin embargo, a menos de 48 horas de ese encuentro y aduciendo “causas relacionadas que han sido remitidas y tiene radicación en otra jurisdicción” se definió suspender la audiencia. Es más, “la corta edad” de la niña fue otro de los argumentos de la decisión.
“No hay límite de edad para escuchar a un niño que puede manifestarse. Así lo establece la Convención Internacional de los de los Derechos del Niño en sus artículos 12º y 13º, además de la Ley Micaela y de toda la normativa de ONU Mujeres”, indica González Tomassini que calificó la decisión como “infame y ultrajante”.
La abogada recalcó además “el miedo que atraviesa la nena que ahora ha podido hablar de lo que le sucede y que tiene una doble vulnerabilidad: por ser niña y por ser mujer” y remarca ante todo “la importancia de que la Justicia pueda escuchar a esta nena para que el Estado de una vez remueva los obstáculos para que los niños acceden a la Justicia”.