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19:20:17 09/05/2016

Restricciones a las salidas de presos reincidentes y ofensores sexuales

Las posiciones discordantes que mantienen el Ministerio de Seguridad y el Poder Judicial santafesinos por las personas detenidas que vuelven a incursionar en el delito sumaron un capítulo que alimenta la polémica. La Secretaría de Asuntos Penitenciarios elaboró un instructivo en el que se endurecen las condiciones para permitir salidas transitorias de cárceles provinciales en especial sobre tres tipos de presos: reincidentes, multirreincidentes y ofensores sexuales.

La semana pasada se comunicó a los directores de prisiones los parámetros de evaluación para cuando los internos estén en condiciones legales de pedir egresos. Uno de los puntos del memorándum señala que en el caso de estos tres tipos de condenados deberá considerarse, al confeccionar el informe que recibirán los jueces, en qué medida el recluso asimiló las normas infringidas o si, por el contrario, desarrolló una habilidad para eludir el régimen disciplinario, es decir que demuestra acatar las reglas pero solamente cuando está adentro de la prisión.

En presos condenados por delitos sexuales, delitos de lesa humanidad, aberrantes o socialmente considerados de extrema gravedad los directores carcelarios deberán adoptar un criterio más restrictivo, dice uno de los apartados del instructivo, salvo cuando el Organismo Técnico Criminológico, integrado por profesionales, se expida en sentido contrario.

Reacción. Estas instrucciones generaron la preocupada reacción de funcionarios de la Defensoría Regional de Rosario. Estos advierten que se introduce un criterio arbitrario y por lo tanto discrecional para ponderar el comportamiento de un preso. Para Daniela Asinari, defensora pública de Ejecución Penal, es como decir que el funcionario que va a calificar tiene que advertir si un preso internalizó de modo auténtico las reglas para rehabilitarse o si está simulando. "¿En base a qué parámetro objetivo alguien puede determinar eso? ¿Es la intuición del director de la cárcel? Nos parece un criterio subjetivista y complicado que refuerza el poder del Estado ante una persona que ya está condenada pero que legalmente tiene derechos".

Lo que recuerdan los defensores es que en el pasado las calificaciones antojadizas eran un potente factor de conflicto. Esto porque a veces los internos no recibían beneficios por el capricho del director carcelario. O bien porque se habilitaba un negocio extorsivo donde el concepto positivo pasaba a tener precio.

Debate. Esta disposición interna de Asuntos Penitenciarios aporta a un tenso debate instalado hace un mes por casos de alto impacto en Rosario. El más resonante fue el de Ricardo Albertengo, un hombre condenado por un homicidio en 1993, que en una salida legal en 2009 cometió seis robos por lo que fue declarado reincidente. En una nueva salida transitoria para la cual no tenía trabas legales, en marzo pasado habría asesinado a un policía en Corrientes al 300.

En ese sensibilizado escenario, el ministro de Seguridad Maximiliano Pullaro pidió a los jueces mayor acompañamiento para reforzar la seguridad. La cúpula del Poder Judicial replicó que en diez años en la provincia la tasa de presos aumentó un 80 por ciento y que los jueces tienen tendencia mayoritaria a dejar en prisión preventiva a acusados sin condena.

La semana pasada Asuntos Penitenciarios indicó a los directores de cárceles que deben elevar las propuestas de salidas transitorias, semilibertad, libertad condicional o libertad asistida al juez de ejecución penal que en definitiva autoriza o no los egresos. Los informes deben contener una reseña de cómo el preso cumplió las distintas etapas de la pena, un resumen del tránsito en prisión del condenado, la valoración concreta de los antecedentes relevantes. Se consideran parámetros a abordar en las propuestas que se pronostique en forma individualizada y favorable la reinserción social del interno.

La incomodidad de este debate tensó la cuerda. El caso Albertengo dirigió todas las miradas a la jueza de Ejecución que habilitó su salida en un hecho a todas luces legal. El procurador de la Corte Suprema, Jorge Barraguirre, señaló entonces que frente a la evaluación de los egresos de prisión había que adoptar en general un criterio "realista más que normativista", es decir, acorde al historial del preso que pide el beneficio. Y que todas las partes —organismos técnicos criminológicos que evalúan al preso, fiscales que lo acusan y directores de prisión— deben involucrarse en los dictámenes de modo de no dejar al juez solo con la decisión.

Atención. "En esta coyuntura se puso sobre la mesa que tenemos que pronunciarnos como hicimos otras veces. Les precisamos a los directores de unidades fijar especial atención en las propuestas que ellos elevan al juez. Queda claro que éstas tienen una posición más restrictiva en los delitos más graves. Pero hay que recordar que el que decide si un interno sale o no es el juez. Nos piden que la posición de nuestros directores tenga valor por lo tanto le damos ese valor institucional que es sólo eso. Porque el juez no va a decidir sobre lo que le digamos nosotros sino sobre lo que logren probar las partes en una audiencia oral y pública. Y allí un defensor podrá alegar sobre eventual arbitrariedad. Y un fiscal oponerse a la salida si lo considera adecuado", señaló Pablo Coccocioni, secretario de Asuntos Penitenciarios.

La defensora de Ejecución entiende que está muy bien que, para decidir, el juez tenga un informe completo del Servicio Penitenciario sobre el interno donde se consigne si tiene antecedentes, otras condenas, cómo se comportó, si tuvo salidas y las quebrantó. "Pero me parece mal dejar a discreción de los directores el tema del concepto. No negamos que haya aumentado la inseguridad pero reforzar el punitivismo es una falsa salida", dijo Asinari.

"Tenemos cárceles sin escuela —añadió—, sin talleres de oficios, sin destinos laborales ni tratamientos para adicciones. Si en las prisiones donde sí existen estas opciones está comprobado que hay menores índices de reincidencia deberíamos incursionar por ahí. Pero si a los condenados no les damos una sola herramienta que los pongan en una situación diferente a cuando cayeron presos no se puede esperar mucho cambio. Hay que entender que nuestras penas son temporales. En nuestro régimen la persona tarde o temprano recupera la libertad. Entonces es siempre conveniente el tránsito por egresos transitorios para poner a prueba la recuperación de la persona y descomprimir la cárcel que es un lugar que no brinda nada más que encierro".

Fuente: La Capital