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20:24:49 11/03/2016

La jueza Prunotto admitió que Ricardo Albertengo "estaba prófugo desde 2015"

La jueza de Ejecución Mariana Prunotto dijo que el asesino del policía Mauro Mansilla, Ricardo Albertengo, estaba prófugo desde julio de 2015 al no regresar de una salida transitoria desde la Unidad Penitenciaria 3

En una rueda de prensa, la magistrada detalló que "Ricardo Albertengo se presentó espontáneamente en la Unidad 3, se encontraba prófugo desde julio de 2015, cuando yo había ordenado su detención, al no regresar de una salida transitoria que tenía otorgada. Esas salidas transitorias estaban otorgadas dentro del marco de la Ley de Ejecución Penal, que habilita a regímenes de egresos para aquellos que cumplen ciertos requisitos legales".

Al recordársele que era una persona reincidente, la jueza reconoció el hecho pero aclaró que "la ley no establece ninguna diferencia para las salidas transitorias para una persona reincidente".

Cuando se le preguntó cuáles eran los requisitos para lograr las salidas transitorias, Prunotto detalló que "los requisitos son haber cumplido la mitad de la pena, contar con calificaciones de conducta y de concepto muy altas. La de conducta tiene que ser la máxima, la de concepto tiene que ser favorable. Y además tener una opinión favorable de los organismos técnicos penitenciarios respecto a este pedido que hace el penado o su defensa".

Prunotto destacó que "la reincidencia no es un impedimento para este tipo de régimen. En el caso de Albertengo, él cumplía los requisitos que la ley pedía en agosto de 2012. Pero yo rechacé ese pedido por entender que había que esperar un tiempo prolongado más para volver a evaluar esas salidas".

Al ser consultada sobre la fecha en que Albertengo había logrado la última salida transitoria detalló que "este último régimen de salida transitoria le fue otorgado en diciembre de 2014, primero con la modalidad más acotada, que era un régimen de tres horas por salida y acompañado por personal de custodia. También se estableció que a los cinco meses se iban a poder revisar esos egresos. Con él se usó la más restrictiva de todas. Cuando se hizo la revisión se pidieron numerosos informes para saber no sólo cómo habían cumplido sino además para controlar la veracidad de los informes. Allí se tomaron más recaudos de lo que la ley prevé . En julio del año pasado se hace una flexibilización de este régimen, se agregan algunas horas más y se habilita a que salga con un tercero responsable, ni siquiera solo, y en ese caso es cuando no regresa. Desde entonces estábamos con el pedido de captura vigente".

Al recordársele los antecedentes de Albertengo, la jueza aclaró: "Repito. La función del juez de Ejecución es evaluar conforme la ley nacional, los requisitos legales y evaluarlos. La ley habilitaba este egreso mucho antes de lo que fue acordado. Un juez debe manejarse dentro de los parámetros de la ley".

Al consultársele si no evaluaba que había fallas en la ley, ya que a pesar de las evaluaciones positivas Albertengo había cometido un nuevo asesinato, la jueza indicó que "esas son cuestiones que tendrían que analizar los legisladores. Lo que nosotros hicimos fue, dentro del marco de la ley, tomar muchos más recaudos de los que marcaba la ley. Nosotros fuimos muy rigurosos en la forma de dejarlo salir y después hay un margen que tiene que ver con el albedrío de cada persona, que por supuesto llevó a una detención en una situación muy nefasta, eso uno lo entiende, pero se hizo bajo los regímenes que la ley habilita".