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21:00:27 10/11/2015

La Suprema Corte ordenó a YPF publicar todas las cláusulas del acuerdo con Chevron

La Corte Suprema de Justicia ordenó a la estatal YPF que haga públicas todas las cláusulas del acuerdo con la estadounidense Chevron por la explotación de hidrocarburos en Vaca Muerta, provincia de Neuquén.

El Tribunal falló ante una acción de amparo presentada por el senador socialista Rubén Giustiniani, luego que YFP se negara a aportar precisiones del acuerdo, en especial sobre la calidad ambiental y las actividades que desarrollará Chevron en el lugar.

La Corte tuvo en cuenta el derecho de acceso a la información contemplado por los distintos organismos internacionales, como ser la Corte Interamericana de Derechos Humanos o la Asamblea de Naciones Unidas.

Los jueces evaluaron que YPF funciona bajo la órbita del Poder Ejecutivo en función de haber sido designado el ministro de Economía Axel Kicillof como director de la compañía; el ministro de Planificación, Julio De Vido, como interventor y Miguel Galuccio como gerente general.

“La autoridad para gobernar la sociedad que ejerce el Poder Ejecutivo queda demostrada”, expusieron los jueces, y al estar YPF bajo jurisdicción del Gobierno “se halla obligada a dar cumplimiento a las disposiciones del decreto 1172/03 en materia de información pública”.

También tuvieron en cuenta que el decreto 530/12 que aprueba el acuerdo con Chevrón, y que fue validado por el Congreso, prevé que YPF debe “asegurar el abastecimiento de combustibles y su importancia a los efectos de garantizar el desarrollo económico con inclusión, proteger a la economía nacional de los vaivenes del precio internacional y consolidar un modelo de crecimiento”.

Para la Corte “corresponde” el derecho de acceso a la información a cualquier persona para ejercer el “control democrático” de las gestiones estatales, para poder “cuestionar, indagar y considerar si se está dando un adecuado cumplimiento a las funciones públicas”.

“La información no pertenece al Estado sino que es del pueblo de la Nación Argentina”, replicó la Corte.

El fallo fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Maqueda; en tanto que Elena Higton de Nolasco votó en disidencia, pues consideró que previo a resolver se le debía haber dado la palabra a la firma Chevrón.