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18:16:51 15/08/2015

La justicia dió por válidos los allanamientos de Bonadío en Hotesur

El juez federal Daniel Rafecas dio por válidos los procedimientos realizados en el sur del país por su par Claudio Bonadío, en el marco de la causa Hotesur, en los que retiró documentación de hoteles y de la inmobiliaria de la familia de la presidenta Cristina Fernández y donde se investiga el presunto lavado de dinero.

   Además, Rafecas anuló la pericia contable ordenada para analizar esa documentación y rechazó que la diputada nacional y candidata presidencial (Progresistas) Margarita Stolbizer, quien hizo la denuncia que inició la causa, sea querellante en el expediente.

   Rafecas se pronunció luego de que la Sala I de la Cámara Federal resolviera el jueves pasado que era él quien debía decidir respecto de si los procedimientos en el sur argentino estaban o no alcanzados por la nulidad que el tribunal dictó y, por la cual, apartó a Bonadío de la causa.

   Bonadío había realizado el 13 de julio pasado unos 40 procedimientos en busca de documentación y libros contables que retiró, de entre otros lugares, del hotel Los Sauces, de la familia presidencial, y de la inmobiliaria de Máximo Kirchner y Osvaldo Sanfelice, dos de los investigados en la causa.

   Pero tres días después, la Cámara declaró inválida una convocatoria de peritos que Bonadío hizo en la causa para que lo asesoren y el juez fue apartado del expediente, tras lo cual el fiscal de Cámara Germán Moldes le pidió al tribunal que dijera cuál era el alcance que tenía esa nulidad.

   Rafecas explicó que resolvió los alcances de la nulidad para evitar que la causa siga en un “estado de virtual paralización” y para “hacer cesar el estado de incertidumbre que, en estas condiciones, impera para todas las partes del proceso”.

   El juez consideró que la nulidad alcanza a la designación de los tres peritos contadores oficiales de la Corte Suprema, de la aceptación de su cargo en la causa, de la pericia contable que había ordenado Bonadío, de la notificación a las defensas de ese estudio y del informe que los profesionales presentaron requiriendo información para llevar a cabo el trabajo.

   “Los actos procesales precedentemente enumerados resultan ser consecuencia directa, exclusiva e ineludible de lo dispuesto por Bonadío (cuya nulidad decretara la alzada), puesto que, sin la existencia previa de ese auto, los actos aquí declarados nulos no tendrían existencia por ninguna otra vía”, sostuvo Rafecas.

   Sobre las actuaciones realizadas en el sur, el magistrado sostuvo que, si bien los peritos (cuya convocatoria fue declarada nula) fueron quienes le pidieron a Bonadío la documentación que obtuvo en los operativos, ese “fue uno más de los múltiples elementos que tuvo en cuenta a los efectos de disponer tales procedimientos”.

   Rafecas señaló que hubo otros elementos que llevaron a Bonadío a hacer los allanamientos, “que constituyen, sin duda, la fuente fundamental que justifica la resolución adoptada por el magistrado que me precedió en la conducción de este proceso”.

   El juez agregó que no hacer uso de esa prueba “podría terminar frustrando el descubrimiento de la verdad procesal, tanto desde la perspectiva de la acusación como de la defensa”.

   Toda la documentación que se obtuvo en el sur por parte de la Policía Metropolitana (Rafecas resaltó que, desde el inicio de la causa, Bonadío trabajó con esa fuerza) se encuentra resguardada por la Prefectura Naval.