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14:24:32 07/03/2015

Procesaron a la jueza que omitió investigar el crimen de Luis Medina

La ex jueza penal María Luisa Pérez Vara fue procesada por incumplir sus deberes de funcionario público en la investigación del resonante crimen con tinte mafioso del empresario Luis Medina y su novia, Cristina Pérez Castelli, ocurrido la madrugada del 29 de diciembre de 2013 en el acceso Sur y Ayolas. El juez a cargo de investigar por qué ese día la funcionaria no se presentó en la escena del crimen y ni siquiera atendió el teléfono del turno a su cargo, argumentó que "no simplemente ha trasvasado disposiciones administrativas internas para incumplir la ley, sino que ha desconocido, por abuso, el ordenamiento legal vigente". Hace pocos días la Cámara Penal había resuelto la continuidad de la investigación cuando la defensa de la ex magistrada intentó interrumpirla amparada en que había pagado 750 pesos (mínimo de la multa que se aplica al delito de "omisión" de deberes), una figura menor por faltas administrativas por la cual había sido indagada y luego sobreseída.

El caso de Pérez Vara generó un gran revuelo judicial y político desde fines de 2013. La ex magistrada, de 77 años y jubilada desde ese momento, fue muy cuestionada. Es que mientras estaba de turno en el Juzgado de Instrucción Nº 5 a su cargo, Medina y su novia fueron acribillados a balazos mientras circulaban en un flamante Citroën DS3 con destino al hotel donde se hospedaban, en el casino de Rosario.

El hombre estaba en la mira de los investigadores sospechado de participar de negocios cuyos fondos y rentabilidad no estaban del todo claros, más precisamente en el comercio de estupefacientes. Y se dijo que para blanquear esos dineros había logrado la franquicia del boliche Esperanto, que por pocos meses funcionó en la esquina de Zeballos y Presidente Roca.

Ausente sin aviso. Pese a ese contexto Pérez Vara no fue al lugar del hecho y tampoco atendió el teléfono de urgencia asignado al turno cuando la policía a cargo de la prevención la requirió desde el lugar en forma insistente. Un fiscal y otros jueces de Instrucción también trataron de ubicarla, pero todo fue en vano.

Según pericias hechas al teléfono que en ese momento debía utilizar la jueza, el mismo se ubicaba en una localidad de la costa atlántica argentina hacia la cual Pérez Vara había viajado de vacaciones.

Sin embargo, la magistrada alegó un problema de salud. Eso obligó a trasladar la causa por el doble crimen a la jueza Raquel Cosgaya, entonces a cargo de Instrucción Nº 6, para finalmente recaer en manos de la jueza Alejandra Rodenas.

A instancias del procurador de la Corte Suprema de Justicia, Jorge Barraguirre, se inició una investigación administrativa por el accionar de Pérez Vara. Y el máximo Tribunal le aplicó una multa de 2.950 pesos. La magistrada, en tanto, presentó su renuncia el último día de 2013 y tras la feria gozó de licencia.

Responsabilidad. Al mismo tiempo, la fiscal Ana Rabín instó la investigación de la irregularidad ante la apariencia de responsabilidad penal de la jueza por "omisión" de sus tareas (artículo 249 del Código Penal), delito que supone una condena monetaria e inhabilitación de uno a 2 años para ocupar cargos oficiales.

La causa recaló en el Juzgado Correccional Nº 8, cuyos expedientes tramita el juez Héctor Núñez Cartelle. Ante él la defensa planteó el fin de la pesquisa porque ya se había depositado el mínimo de la multa (750 pesos) prevista como pena por la figura que le endilgaban.

Entre dilaciones y recursos planteados por la ex jueza, esa controversia llegó a la Cámara Penal, que el mes pasado se expidió. El camarista Carlos Carbone concluyó que la sanción económica no extingue la acción penal porque a la magistrada le imputaron un delito que, además, prevé la inhabilitación para ejercer cargos públicos. Al mismo tiempo el juez Núñez Cartelle decidió rechazar el dinero puesto bajo custodia judicial y ordenó su devolución.

De esa manera se dio continuidad a la investigacion y la fiscal Rabín solicitó la indagatoria de Pérez Vara por una figura más grave. Ya no sospechaba de "omisión" de tareas sino de "incumplimiento de los deberes en sus funciones" (artículo 248), un delito que tiene penas de un mes a dos años de prisión condicional e inhabilitación especial de 2 a 4 años para ejercer cargos públicos.

Núñez Cartelle convoco a Pérez Vara para indagarla pero la imputada se abstuvo y apenas se notificó de la medida. "El juez le atribuyó el hecho de no haber cumplido con las obligaciones inherentes a su cargo, no haber asumido la instrucción de la causa ni dar las órdenes pertinentes a la policía, además de no haber atendido su teléfono mientras los investigadores la llamaban para hacerle consultas, todo lo cual imposibilitó que le comunicaran el hecho mientras estaba de turno", amplió a La Capital la fiscal de Cámara, Cristina Rubiolo.

Al explicar la figura legal achacada, Rubiolo amplió: "El juez le endilgó no haber ejecutado las leyes que le incumben, una conducta omisiva que significa dejar de hacer algo que es su obligación, impuesta por la ley en virtud del cargo que ocupaba".

Lo concreto es que ayer se conoció la resolución de Núñez Cartelle, que en cuatro carillas decide el procesamiento de su ex colega por "incumplimiento de los deberes de funcionario público", y la sobreseyó respecto de la "omisión" de tareas.

"Lo que ahora se le reprocha es directamente no haber cumplido con las obligaciones que impone el Código de Procedimiento, la Ley Orgánica, lo cual implica una pena superior a la omisión", diferenció Rubiolo.

Si bien no tiene obligación de fundamentar su resolución en este tramo del proceso, el juez esbozó algunos conceptos que permiten entender su decisión. Explicó que la imputación se erige sobre "una conducta omisiva ilegal", y que en el conocimiento de esa ilegalidad lleva a concretar "una omisión maliciosa".

Omisión por abuso. "La funcionaria cuestionada no simplemente ha trasvasado otras disposiciones administrativas internas para incumplir la ley, sino que ha desconocido, por abuso, el ordenamiento legal vigente. Por ende resulta inaplicable la confluencia de ambas figuras", desglosa el magistrado al diferenciar el incumplimiento achacado sobre la omisión de las funciones, por lo que finalmente la sobreseyó.

Así, ordenó el procesamiento de la ex funcionaria judicial en base a las actuaciones, el análisis de elementos de convicción suficientes para estimar que pudo tener responsabilidad como autora de uno de los ilícitos que se investigan, basándonos en los antecedentes y testimoniales". Pérez Vara deberá además afrontar un embargo sobre sus bienes por 5.000 pesos.

La defensa puede pedir la revisión del procesamiento, y es allí donde el juez instructor deberá dar a conocer a las partes los fundamentos de su resolución.

Fuente: La Capital