Seguínos en las Redes
  • Coronavirus: el mundo en crisis

22:33:01 08/01/2015

El Poder Ejecutivo promulgó, con vetos parciales, el Presupuesto 2015

En el último día hábil de 2014, el Poder Ejecutivo vetó un artículo y el inciso de otro y promulgó el Presupuesto 2015 que rige para el corriente año. Las observaciones tienen que ver con aspectos de la norma que habilitaban la creación de cargos en el Poder Legislativo que se encuentra prohibida por una norma del año 2001.  El veto toma en receso al Poder Legislativo aunque varios de sus integrantes fueron informados por la Casa Gris de la decisión. Por otra parte, la Constitución santafesina prevé un tratamiento especial para el presupuesto en materia de vetos. Cualquier norma observada por el Ejecutivo debe volver a la Legislatura para aceptarla o rechazarla con mayorías especiales en determinado plazo de tiempo. En cambio, el artículo 59 de la Carta Magna, en su último párrafo señala “el veto parcial de la ley de presupuesto no implica la necesidad de devolverlo totalmente a la Legislatura y puede promulgarse en las partes no observadas” El decreto 4979, promulgando el Presupuesto, tiene fecha 30 de diciembre y lleva las firmas del gobernador Antonio Bonfatti y de los ministros de Economía, Ángel Sciara, y de Gobierno, Rubén Galassi. Las observaciones apuntan directamente a la facultad del Poder Legislativo de ampliar su planta de personal. En cambio, el resto de los artículos, entre los que se incluye el aumento del 30% en toda la emisión del Impuesto Inmobiliario, retoques en Ingresos Brutos y Sellos y subas en tasas retributivas de servicios del Registro Civil y de Catastro, fueron validados y están en vigencia. Los vetos fueron aplicados a un inciso del artículo 26 y a todo el 27. El primero, globalmente, refiere a las modificaciones de la planta de personal y la observación es al párrafo “incorporar personal temporario al Poder Legislativo, encontrándose los créditos disponibles para su atención en jurisdicción 91 Obligaciones a cargo del Tesoro. El Poder Ejecutivo asignará globalmente dicho crédito a cada Cámara Legislativa en oportunidad de disponer la distribución analítica de las partidas que por esta ley se aprueba”. En cambio, el artículo 27 preveía la suspensión hasta el próximo 30 de noviembre de la aplicación del artículo 3 de la ley 11.887.  Esta ley fue sancionada en mayo del 2001 y estableció un sistema de retiro voluntario y de jubilación anticipada ordinaria especial para los agentes del Poder Legislativo con la supresión de cargos y la prohibición de efectuar designaciones en planta permanente a partir de entonces. El artículo 3 de esa ley que la Legislatura pretendía suspender por 11 meses reza: “Los cargos de los agentes de la planta permanente que hubieren obtenido cualquiera de los beneficios establecidos en esta Ley quedarán suprimidos, como así también las partidas presupuestarias correspondientes a partir de la baja definitiva de aquéllos. A partir de la presente no se efectuarán designaciones de personal en planta permanente. No se podrán compensar partidas destinadas al rubro personal, salvo las necesarias para el cumplimiento de la presente ley”. En los considerandos A la hora de fundamentar el veto parcial, el Poder Ejecutivo advierte que la incorporación de personal temporario a la Legislatura “importa una modificación al presupuesto vigente, sin establecer el alcance cuantitativo e institucional de la ampliación y reducción, la que se plantea en detrimento de otras acciones contempladas en el proyecto aprobado por dicha Legislatura”. También apunta a que el nuevo gasto va en detrimento del equilibrio con que fue elaborado el presupuesto. Agrega, además, varias violaciones que se cometerían a la vigente Ley de Administración. En tanto, hace notar el Poder Ejecutivo que en ambos artículos se incorporan aspectos que no se encuentran debidamente individualizados. Finalizan los considerandos advirtiendo que con los vetos y la promulgación parcial con las partes no observadas, la ley ratifica “la integridad económica y jurídica del proyecto de ley de Presupuesto y su unidad sistémica y financiera”. Recursos El Presupuesto del Poder Legislativo para el 2015 es de 1.187.406.000 de pesos según el artículo 21 de la llamada ley de leyes. De ese total, 743.406.000 pesos corresponden a la Cámara de Diputados mientras que 444.000.000 son para el funcionamiento del Senado. La norma no discrimina el actual número de agentes del Poder Legislativo. En Diputados, se informó que después del retiro voluntario y del sistema de jubilación anticipada, por renuncia, muerte o jubilación se produjeron 34 vacantes en la planta, varias de las cuales corresponden a cargos en comisiones y en la secretaría Parlamentaria. Obras para La Capital Veintiséis páginas de uno de los anexos de la ley de Presupuesto especifica las partidas para 997 proyectos de obras públicas previstos por un total de 5.965.715.000 de pesos, distribuidos por departamentos y especificados aquellos que abarcan dos o tres de ellos. Seis de esas páginas corresponden a obras a ejecutar en el departamento La Capital por un total de 921.621.955 de pesos. En el desagregado, la mayor partida corresponde a Vialidad con 220 millones de los cuales 140 están imputados a la ampliación de la Ruta 1 entre la intersección con la 168 y el acceso a la ciudad de San José del Rincón. Le siguen Vivienda, con 176 millones; el ministerio de Obras Públicas, con 135 millones; la Secretaría de Hábitat, con 80, y el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente con 75.300.000 pesos. Por su parte, Assa tiene previsto invertir en el Dpto. La Capital algo más de 48 millones de pesos en el corriente año. El desagregado de partidas a ejecutar por el Ministerio de Obras Públicas se destacan 40 millones para el Cemafe; 20 para la continuidad del nuevo Iturraspe; 15 millones para la Escuela de Educación Técnica 614; algo menos de 8 millones para el nuevo edificio del Instituto 12 y otros 8 millones para el edificio del Molino Franchino.