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Coronavirus: el mundo en crisis
La Secretaría de Comunicaciones puso en vigencia una resolución que obliga a los operadores de telefonía celular a informar detalladamente el precio de cada tipo de servicios que brindan a sus clientes prepago y pospago.
Ahora, además del precio del plan o abono contratado, las compañías están obligadas a discriminar el precio del segundo de comunicación y de los primeros 30 segundos (que nunca podrá superar el valor del segundo por treinta), mensajes de texto (SMS), mensajes multimedia (MMS); y del megabyte de datos (Internet).
Además se deberá informar el detalle de excedentes, bonificaciones, promociones y otros gastos. También de cada una de las llamadas realizadas y SMS/MMS enviados con su correspondiente importe total.
Las vías obligatorias de información serán los sitios web de cada operador, correo electrónico, líneas telefónicas gratuitas y mensajes de texto gratuitos.
En las facturas enviadas a los usuarios también deberán poder comparar los precios abonados por servicio durante los últimos seis meses comparados con otras compañías.